El alta de autónomo implica varios pasos. Hay que darse de alta en Hacienda y luego darse de alta en la Seguridad Social. En Hacienda podemos estar dados de alta aunque no tengamos actividad porque no cuesta dinero. Pero a Seguridad Social hay que pagarle todo el mes trabajemos un día o ninguno.
I) El primer trámite, el de la Agencia Tributaria, consta de rellenar el formulario 036: Declaración censal de alta, modificación y baja en el censo de obligados tributarios, que puedes adquirir en la Agencia Tributaria o bajarlo del internet.
Aquí se puede obtener el borrador:
Una vez rellenado, lo entregas en la oficina que te corresponda por el domicilio.
Una copia del 036 es lo que te solicitarán en la Seguridad Social.
II) Vas a la seguridad social y te das de alta en el epígrafe correspondiente ; por ejemplo RETA si eres autónomo. Es el impreso TA.0521
- http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/Servicios/Modelosdesolicitude31190/ModeloTA0521Solicit48739/index.htm
- http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/097883.pdf
El epígrafe 763 de PROGRAMADORES Y ANALISTAS INFORMATICA es una buena opción.
III) Indicas la base de cotización que quieras. Pongamos que eliges el mínimo 244,35 al menos a no ser que disfrutes de alguna bonificación por ser mujer o joven.
IV) Identificas una cuenta de cargo donde domiciliar tus pagos a la Seguridad Social.
Nota: Un autónomo puede estar dado de alta en diferentes epígrafes pero sólo paga en la Seguridad Social por uno de ellos.
Información elaborada por Enrique Bravo.