La factura del autónomo consta de base imponible, IVA y retención del IRPF.
Los tres primeros años, el autónomo puede elegir que se le retenga en la factura un 7%. Al cuarto año de manera obligatoria se le tiene que retener un 21%.

Los autónomos podemos realizar pagos fraccionados por el 20% de nuestros beneficios trimestralmente. Podemos asimismo descontar las retenciones o no descontarlas. Para ello se utiliza el modelo 130.
Es decir, calculamos los ingresos menos gastos, por el 20%. Esa cantidad se ingresa a Hacienda y luego se descontará como un pago a cuenta en la declaración.
Se muestra un caso de cómo es la factura de un autónomo que cobra 40 euros la hora, 8 horas al dia y ha trabajado 20 jornadas. (8x20x40)

Información elaborada por Enrique Bravo